Quizá te viste en la necesidad de salir de España por carecer de oportunidades laborales, y tras un período fuera regresas con ganas de asentarte nuevamente en tu país, pero no sabes ni por dónde empezar, ¿verdad?

En este post comentaremos qué hacer si estas en esta situación. Como muchos jóvenes, algunos de nosotros nos vimos en la necesidad de hacer la maleta y emigrar, por lo que espero que el relato de esta experiencia te sirva de ayuda.

Antes de nada, indicarte que se trata del subsidio para emigrantes retornados. Pero no todos los emigrantes tienen derecho a este subsidio, es específico para quienes hayan trabajado fuera del Espacio Económico Europeo, Suiza o Australia, y siempre que no tengan derecho a la prestación contributiva por haber cotizado por desempleo menos de 360 días en los 6 años anteriores a su salida de España.

Los requisitos, la duración, la cuantía y la documentación necesaria lo puedes encontrar en el siguiente enlace:  https://www.sepe.es/contenidos/personas/prestaciones/quiero_cobrar_paro/subsidio_para_emigrantes_retornados.html

Nos centraremos en contarte lo que el SEPE no te cuenta, y que es de suma importancia: el Certificado de Emigrante Retornado.

En primer lugar, tendrás que contar con el Certificado de baja en el Registro de Matrícula, este documento lo expide la Oficina Consular española en el país de acogida, siempre que hayas estado dado de alta, lo cual es obligatorio, por lo que daremos por hecho que lo hiciste en su momento. Además, una vez de vuelta en España, deberás inscribirte nuevamente en el Padrón municipal de tu Ayuntamiento.

SI todavía estás en tu país de acogida, dirígete con toda la documentación que tengas de tu trabajo (contrato, nóminas, etc.) a la Oficina Consular o a la Embajada que te corresponda, ahí, solicita que te adveren (certificar, asegurar, dar por cierto algo o por auténtico algún documento) todos los documentos, si te pusieran trabas y te dijeran que ellos no pueden, no es cierto, según una orden ministerial no sólo pueden, sino que deben. Estos documentos deberán estar en cualquier idioma oficial en España, si estuvieran en inglés te podrían valer, a mí me los aceptaron. Si te lo niegan, deberás contactar con el Ministerio de Asuntos Exteriores y exponerles tu caso y presentar queja contra la Embajada u Oficina Consular correspondiente. Si estás de vuelta en España y no tienes estos documentos, tienes dos posibilidades, intenta que te los firme el Ministerio de Asuntos Exteriores o que los mande por valija a la Embajada u Oficina Consular, ellos te ayudarán seguro; otra opción, que no siempre funciona, es acudir a la Embajada de tu país de acogida en España, quizá ellos puedan acreditar tus documentos, pero esta debería ser tu última opción.

Si haces estos trámites desde el extranjero, recuerda inscribirte al SEPE según llegues, si los tienes que realizar ya en España, inscríbete al SEPE lo primero. El subsidio se pide un mes después de estar dado de alta como solicitante activo de empleo, y los trámites para conseguir ser reconocido como emigrante retornado tardan cerca de un mes.

Ya tienes todos tus documentos apostillados, y o en lengua oficial española o en inglés. Ahora asegúrate de tener una carta de tu empresa que confirme que has causado baja de la misma, el motivo es indiferente, lo que importa es que diga claramente que ya no trabajas para ellos.

¿Ya estás en España? ¿Aún no has volado de vuelta a casa? Muy importante, el pasaporte estará visado, seguro, por esto no debes preocuparte, pero, ¿no habrás tirado el resguardo de tu billete de avión? Espero que no, porque por raro que parezca, sin él, no tienes subsidio. Si lo mantienes, perfecto, si no, intenta ponerte en contacto con la compañía aérea para que te entreguen algún documento que acredite que has volado con ellos en las fechas correctas (las de los visados de tu pasaporte), este documento deberá estar en inglés, si la compañía es de lengua extrajera.

Ya tienes tu Certificado de baja en el Registro Consular y el Certificado de alta en el Padrón municipal de la localidad donde residas en España; tu contrato y tus nóminas selladas por la autoridad competente española en el país de acogida; tienes los resguardos de tus billetes de avión; estás dado de alta como solicitante activo de empleo en el SEPE; tienes abierta una cuenta bancaria en España donde quieres que te hagan los ingresos; llevas contigo una fotocopia de tu DNI. Ahora toca conseguir el Certificado de Emigrante Retornado.

Este Certificado lo emite la Delegación y Subdelegación de Gobierno de la provincia donde se haya fijado la residencia en España, y dentro de este órgano en las oficinas de extranjeros, de las Dependencias de Trabajo y Asuntos Sociales. Os dejo un enlace donde aparecen todas las oficinas: http://www.citapreviainem.es/wp-content/uploads/2015/04/direcciones-areas-trabajo-delegaciones-gobierno.pdf

Yo soy de Madrid, por lo que todos los trámites, los realicé en la Calle Silva número 19, el personal de esta oficina fue muy cordial y atento, me ayudaron enormemente a conseguir mi Certificado, y si tu has seguido los pasos que te he indicado deberías poder tenerlo en muy poco tiempo.

Ya tienes tu Certificado, ¡enhorabuena! Ahora sólo queda solicitar el subsidio. Esto ya es lo fácil, una vez tienes tu Certificado, y has dejado pasar un mes desde que te diste de alta como solicitante activo de empleo, sólo tienes que pedir cita en tu oficia del SEPE. No olvides acudir a esta cita con tu Certificado, tu demanda de empleo, tu cuenta bancaria y tu DNI, con esto, ya está todo hecho. No olvides renovarlo a los 6 meses si te hiciera falta, aunque te deseo que no lo necesites y encuentres el trabajo que deseas.